Artículo 11 – DECRETO 1866/83 – Conocimiento del superior a sus subordinados

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 11:

«Art. 11. – El superior debe conocer a todos sus subordinados personalmente, formarse una idea de su preparación profesional y moral, corregirlos cuando sea necesario y utilizar con acierto sus aptitudes.»

Artículo 12 – DECRETO 1866/83 – Trato del superior con sus subordinados

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 12:

«Art. 12. – Todo superior debe mantener entre sus subordinados una estricta disciplina; se abstendrá de mostrar preferencias hacia alguno, tratando de proceder siempre con equidad y justicia; usará con todos igual firmeza y cortesía evitando en el trato tanto la rudeza como la familiaridad.»

Artículo 13 – DECRETO 1866/83 – Impedimento de disgusto

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 13:

«Art. 13. – Todo policía debe manifestarse siempre conforme con su estado y situación. Si estuviera disconforme, deberá hacerlo saber a su superior. Cualquier actitud que pudiera infundir disgusto en el servicio o tibieza en el cumplimiento de las órdenes, se considerará falta, tanto más grave cuanto mayor sea el grado del policía que lo motive.»