Artículo 182 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 182:

«Art. 182. – Los concursos de admisión serán abiertos o cerrados y se regirán por las tablas de valorización que figuran en los anexos III y IV de esta reglamentación.»

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