Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 134:
«Art. 134. – Conocidos los efectivos disponibles, es facultad del jefe de la Policía Federal Argentina realizar la distribución del personal.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 134:
«Art. 134. – Conocidos los efectivos disponibles, es facultad del jefe de la Policía Federal Argentina realizar la distribución del personal.»