Artículo 109 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 109:

«Art. 109. – El personal que considere que el cargo para el cual ha sido designado difiere del que le corresponde, luego de asumir sus funciones, podrá solicitar siguiendo las instancias jerárquicas, se revea esa designación y se le asigne uno de los cargos a que por su grado tiene derecho.»

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