Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 102:
«Art. 102. – Los oficiales superiores y jefes ocuparán preferentemente el cargo por grado que se indica a continuación: a) Comisario general del escalafón seguridad: Subjefe de la Policía Federal Argentina; b) Comisario general: jefe de Superintendencia; c) Comisario mayor: 2º jefe de Superintendencia, jefe de Dirección General; d) Comisario inspector: Jefe de Departamento, jefe de zona, jefe de área, jefe de circunscripción, jefe de cuerpo, director de escuela; e) Comisario: Jefe de división, jefe de comisaría, jefe de delegación, subdirector de escuela, 2º jefe de cuerpo, y f) Subcomisario: 2º jefe de división; 2º jefe de delegación, 2º jefe de comisaría, jefe de sección, 3º jefe de comisaría, 3º jefe de delegación.»
A continuación, citaré algunas normativas y leyes que podrían plantearse en relación a este artículo:
Jerarquía y ascensos: El artículo 102 establece una jerarquía y la preferencia de ocupar ciertos cargos por grado. Sin embargo, es importante tener en cuenta la Ley de Personal de las Policías de la Nación (Ley 22.986), que regula los aspectos relacionados con la carrera policial y los ascensos. Esta ley establece los requisitos, procedimientos y criterios para los ascensos en las fuerzas de seguridad, por lo que es necesario verificar si la designación de los cargos mencionados en el artículo cumple con los principios y disposiciones establecidos en dicha ley.
Igualdad de oportunidades: El principio de igualdad de oportunidades consagrado en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos debe ser respetado en el ámbito policial. Es importante analizar si la preferencia de ocupar ciertos cargos por grado puede generar situaciones de discriminación o desigualdad de oportunidades para aquellos oficiales superiores y jefes que no ocupen el grado mencionado en el artículo.
Criterios de selección: El artículo 102 no menciona los criterios o fundamentos que se utilizarán para determinar la preferencia de ocupar cada cargo por grado. Es necesario evaluar si existen criterios objetivos y razonables para establecer esta jerarquía y si se garantiza la transparencia en el proceso de selección.
Funciones y responsabilidades: Además de la jerarquía establecida, es importante que se definan claramente las funciones y responsabilidades asociadas a cada cargo mencionado en el artículo. Es necesario verificar si existe una normativa complementaria que detalle estas funciones y responsabilidades, para asegurar una adecuada organización y funcionamiento de la Policía Federal Argentina.
Este criterio de planificación es contrario a la realidad, imponiendo necesidades que no se adecúan.
En entornos VUCA cómo los actuales, estas planificaciones son impracticables, generando más problemas que soluciones, y buscando continuamente «cumplir» pero sin que este «cumplimiento» sea realmente algo funcional e idóneo.