Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 75:
«Art. 75. – El trámite de reincorporación incluye la reactualización de los requisitos estipulados para el ingreso.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 75:
«Art. 75. – El trámite de reincorporación incluye la reactualización de los requisitos estipulados para el ingreso.»
Más burocracia, ya que hay dependencias que su existencia es para hacer burocracia. ¿que tendrían que hacer los policías que están ahí si no es hacer burocracia? seguramente trabajar de policías, por ejemplo previniendo el delito.
Me gustaría saber ¿Cuáles son los «requisitos (objetivos) para el ingreso y asignación de destino»? Porque la verdad que solo parece no ser enano y listo.