Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 49:
«Art. 49. – El orden de precedencia entre el personal de distinta situación de revista e igual grado, se establece sin tener en cuenta la antigüedad en el grado ni los años de servicios.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 49:
«Art. 49. – El orden de precedencia entre el personal de distinta situación de revista e igual grado, se establece sin tener en cuenta la antigüedad en el grado ni los años de servicios.»