Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 24:
«Art. 24. – El personal nombrado o con pase dentro de la Capital Federal o hasta una distancia de sesenta (60) km se presentará a su nuevo destino en el término de veinticuatro (24) horas. El personal nombrado o con pase de o para las provincias, se presentará en el término de quince (15) días, salvo que por razones urgentes del servicio se determine menor plazo que el establecido. En este caso deberá especificarse dicha circunstancia por orden del día y otorgarse el lapso que complete los quince (15) días cuando haya desaparecido la urgencia.»