Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 21:
«Art. 21. – Los nombramientos y pases, serán proyectados y sometidos a consideración del jefe de la Policía Federal Argentina, por la Superintendencia de Personal; serán hechos conocer por medio de la orden del día para su cumplimiento, salvo que se ordenara su efectivización inmediata.»
El artículo 21 de la reglamentación de la Policía Federal Argentina plantea el proceso de nombramiento y traslado de personal dentro de la institución. Aunque el artículo en sí mismo no genera cuestionamientos directos, se pueden plantear algunas interrogantes y puntos de discusión en relación a su contenido. A continuación, describiré algunos posibles cuestionamientos:
Ausencia de criterios claros para la toma de decisiones: El artículo no especifica los criterios o requisitos necesarios para que los nombramientos y traslados sean proyectados y sometidos a consideración del jefe de la Policía Federal Argentina. Esto puede generar interrogantes sobre la transparencia y la equidad en el proceso de toma de decisiones.
Poder concentrado en el jefe de la Policía Federal Argentina: El artículo establece que los nombramientos y traslados deben ser sometidos a consideración del jefe de la Policía Federal Argentina. Esto plantea preguntas sobre la concentración de poder en una sola persona y si existe la posibilidad de abuso de autoridad o favoritismo en la toma de decisiones.
Falta de participación de otros actores: El artículo no menciona la participación de otros organismos o instancias en el proceso de nombramiento y traslado, lo que podría generar dudas sobre la existencia de mecanismos de control o consulta para garantizar una selección justa y adecuada del personal.
En cuanto a la referencia a artículos y números de normativas, en el artículo proporcionado no se citan específicamente otras normativas relacionadas.
Título: nombramientos y pases