Ley Nº 24.059 – Artículo 5
ARTICULO 5º — La seguridad interior, de conformidad con los principios derivados de la organización constitucional, se encuentra reglada mediante leyes nacionales y provinciales referidas a la materia, con vigencia en cada jurisdicción y por la presente ley, que tendrá carácter de convenio, en cuanto a la acción coordinada interjurisdiccional con aquellas provincias que adhieran a la misma.
Ley de Seguridad Interior de la República Argentina ( Ley Nº 24.059 )