Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 803:
«Art. 803. – Los sumarios en que se juzgue la conducta del personal policial, estarán reservados exclusivamente al ámbito de la Policía Federal Argentina.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 803:
«Art. 803. – Los sumarios en que se juzgue la conducta del personal policial, estarán reservados exclusivamente al ámbito de la Policía Federal Argentina.»
OSCURANTISMO MEDIEVAL