Artículo 728 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 728:

«Art. 728. – A los fines de establecer si el proceso se encuentra vinculado al servicio se deberá tener en consideración no sólo el acto imputado, sino las relaciones de denunciante con el acusado y demás circunstancias relacionadas con el hecho.»

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