Artículo 726 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 726:

«Art. 726. – En los casos en que se dictara prisión preventiva no excarcelable, por hechos vinculados al ejercicio de la función policial, el jefe de la Policía Federal Argentina solicitará al juez de la causa autorización para que la medida procesal se cumpla en dependencias de la institución. Situación de personal prófugo»

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