Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 719:
«Art. 719. – En hechos vinculados o desvinculados del servicio, si mediare prisión preventiva y libertad del procesado, presumiéndose que el sumario, si lo hubiere, concluirá en resolución que no imponga más que sanción leve, sobre lo que se expedirá el funcionario que lo ordenó, podrá disponerse que el causante reviste en servicio efectivo cumpliendo tareas internas que no impliquen el ejercicio de la función policial. Situación del personal detenido»