Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 561:
«Art. 561. – La cesantía importa la baja del sancionado con pérdida del estado policial y los derechos que le son inherentes.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 561:
«Art. 561. – La cesantía importa la baja del sancionado con pérdida del estado policial y los derechos que le son inherentes.»