Artículo 499 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 499:

«Art. 499. – El beneficio que establece el artículo 94, inciso d) de la ley para el personal de la Policía Federal Argentina, se aplicará al personal superior y subalterno de los escalafones de Sanidad, Jurídico, Técnico y Veterinario del Agrupamiento Profesional y especialidades afines del escalafón femenino.»

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