Artículo 472 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 472:

«Art. 472. – Para el personal llamado a prestar servicios regirán las mismas disposiciones contenidas en el régimen disciplinario de la ley para el personal de la Policía Federal Argentina y esta reglamentación.»

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