Artículo 453 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 453:

«Art. 453. – La implantación del llamado a prestar servicios, obligatorio y voluntario se ajustará a las normas contenidas en la ley para el personal de la Policía Federal Argentina y esta reglamentación.»

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