Artículo 447 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 447:

«Art. 447. – El jefe de la Policía Federal Argentina podrá suspender los trámites de retiro voluntario y obligatorio, del personal comprendido en sumarios administrativos en instrucción, cuando por la naturaleza de la falta se prevea una sanción grave o segregativa.»

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