Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 317:
«Art. 317. – Las Juntas de Calificaciones serán organismos asesores del jefe de la Policía Federal Argentina.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 317:
«Art. 317. – Las Juntas de Calificaciones serán organismos asesores del jefe de la Policía Federal Argentina.»