Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 90:
«Art. 90. – La jefatura podrá designar a personal del cuadro permanente para que realice cursos o estudios de interés para la institución, con o sin perjuicio de su servicio policial si así se estimare necesario. Los gastos que demande su cumplimiento serán sufragados por la Policía Federal Argentina.»