Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 782:
«Art. 782. – Semestralmente el jefe de la Policía Federal Argentina designará al funcionario que deba ejercer la Presidencia del Consejo y la nómina de los retirados en condiciones de integrarlo. En cada caso el presidente citará de dicha nómina por orden sucesivo a los retirados que han de integrar el Consejo.»