Artículo 75 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 75:

«Art. 75. – El trámite de reincorporación incluye la reactualización de los requisitos estipulados para el ingreso.»

2 comentarios sobre “Artículo 75 – DECRETO 1866/83”

  1. Más burocracia, ya que hay dependencias que su existencia es para hacer burocracia. ¿que tendrían que hacer los policías que están ahí si no es hacer burocracia? seguramente trabajar de policías, por ejemplo previniendo el delito.

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