Artículo 619 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 619:

«Art. 619. – Cuando haya varios acusados y no todos dependen del mismo superior, la facultad de ordenar la instrucción de actuaciones administrativas corresponderá al superior común a todos ellos.»

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