Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 549:
«Art. 549. – El arresto consiste en la permanencia del sancionado en su dependencia o en el lugar que se determine, con las modalidades que en cada caso se indiquen.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 549:
«Art. 549. – El arresto consiste en la permanencia del sancionado en su dependencia o en el lugar que se determine, con las modalidades que en cada caso se indiquen.»
«modalidades que en cada caso se indiquen» significa «manejo arbitrario»