Artículo 541 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 541:

«Art. 541. – La acción disciplinaria que nace como consecuencia de un hecho que al mismo tiempo constituye prima facie delito, podrá ejercitarse mientras no haya prescripto la acción penal resultante de ese hecho.»

Un comentario sobre “Artículo 541 – DECRETO 1866/83”

  1. Parece que a policía le preocupa más cómo sancionar a su personal que cómo hacer que no se cometan faltas ni delitos…. ¿tanta falta de autoridad tienen que buscan infundir miedo por todos lados? ¿tan inútiles son?

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