Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 493:
«Art. 493. – Para establecer los años de servicios simples se computarán los prestados con estado policial por el personal desde su ingreso a la Policía Federal Argentina hasta su egreso.»
Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 493:
«Art. 493. – Para establecer los años de servicios simples se computarán los prestados con estado policial por el personal desde su ingreso a la Policía Federal Argentina hasta su egreso.»