Artículo 375 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 375:

«Art. 375. – Las licencias especiales son las tipificadas en el artículo 71 de la ley para el personal de la Policía Federal Argentina y se concederán para la atención de la salud.»

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