Artículo 37 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 37:

«Art. 37. – Superioridad policial es la que tiene un policía con respecto a otro por razones de jerarquía, cargo o antigüedad. La superioridad policial, implica la ejercitación de las facultades disciplinarias.»

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