Artículo 242 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 242:

«Art. 242. – Cuando el hecho fuere ajeno al servicio y se dictare la prisión preventiva, aun mediando excarcelación el personal revistará en servicio pasivo hasta tanto duren sus efectos.»

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