Artículo 188 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 188:

«Art. 188. – Al egresar de la Escuela de Cadetes Coronel Ramón L. Falcón el personal superior estará obligado mediante contrato a prestar servicios por el término de cuatro (4) años. A su solicitud y por causa justificada podrá ser relevado de esta obligación por el jefe de la Policía Federal Argentina, en cuyo caso deberá reintegrar al Estado los gastos que haya demandado su preparación.»

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