Artículo 187 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 187:

«Art. 187. – A los fines determinados en el artículo 142 de la ley para el personal de la Policía Federal Argentina, la jefatura comunicará anualmente a las autoridades militares por intermedio de la Superintendencia de Institutos Policiales, la nómina del personal comprendido en aquel artículo.»

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