Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 165:
«Art. 165. – El alta en comisión se otorgará con los grados que se citan a continuación: a) Escalafón sanidad: Subinspector; b) Escalafón jurídico: Subinspector; c) Escalafón músico: Ayudante; d) Escalafón técnico: Subinspector, y e) Escalafón veterinario: Subinspector.»