Artículo 152 – DECRETO 1866/83

Según el DECRETO 1866/83 (LEY 21.965) en su artículo nº 152:

«Art. 152. – Los postulantes a agente o bombero que reúnan y satisfagan las condiciones exigidas en los artículos anteriores, presentarán su inscripción por escrito acompañando la siguiente documentación: a) Partida de nacimiento legalizada, en original y fotocopia; b) Cédula de Identidad de la Policía Federal Argentina, incluyendo las de su grupo familiar; c) Documento Nacional de Identidad del postulante, con domicilio actualizado y las anotaciones relativas al servicio militar, fechas de alta y de baja, arma, aptitud y período de instrucción sí así correspondiere; d) Certificado de buena conducta del servicio militar obligatorio en su caso; e) Certificados de vacuna expedidos por las instituciones oficiales que determine el órgano competente; f) Certificado analítico de estudios debidamente legalizado y registrado; g) Certificados de trabajos anteriores si correspondiere, y h) Fotografías personales de cuatro por cuatro (4 x 4) cm de frente y fondo blanco.»

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