La protección de las personas en materia de ciberseguridad debe contemplar el respeto por los derechos y libertades individuales consagrados en la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en los Tratados Internacionales en los cuales la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte.
Buen enfoque considerando los alcances de la Ley de Seguridad Interior:
«ARTICULO 2º — A los fines de la presente ley se define como seguridad interior a la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.»